Aprueba IEPC candidatura común y coalición parcial entre el PRI y el PRD

Chilpancingo, Gro., 5 de diciembre de 2020.- El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPCGro) desarrolló la Décima Novena Sesión Extraordinaria, de manera virtual, en el marco de la etapa de preparación de la elección correspondiente al Proceso Electoral Ordinario de Gubernatura, Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2020-2021, con el propósito de poner a consideración el Proyecto de Resolución 012/SE/05-12-2020, por la que se determina la procedencia de la solicitud de registro de candidatura común para el cargo de Diputaciones Locales de Mayoría Relativa, en los distritos electorales 6, 19, 21 y 28, presentada por los partidos políticos Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD).

Las Consejeras y Consejeros Electorales aprobaron, por unanimidad de votos, la mencionada Resolución en virtud de que los partidos políticos solicitantes, cumplen con el principio de uniformidad y con los requisitos establecidos en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero y en los Lineamientos que deberán observar los partidos políticos que soliciten el registro de coaliciones y candidaturas comunes.

De la misma manera, el Consejo General determinó la procedencia de la solicitud de registro del convenio de coalición parcial para la elección de Diputaciones Locales por el principio de Mayoría Relativa, en los Distritos Electorales 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 22, 23, 24, 25, 26 y 27, presentada por los partidos políticos PRI-PRD, a través de la Resolución 013/SE/05-12-2020.

Para el Consejo General, resultó necesario observar lo dispuesto en la normativa electoral, en lo relacionado con el principio de uniformidad que deben seguir los partidos políticos que soliciten participar en el proceso electoral, a través de alguna de las figuras de asociación que establece la norma.

En el caso de la asociación de los partidos PRI y PRD, se observa que existe coincidencia tanto en la modalidad de candidatura común y en la coalición parcial, puesto que, son los mismos que previamente solicitaron la misma forma de participación (candidatura común) en las elecciones de Gubernatura del Estado y de Diputaciones Locales por el principio de mayoría relativa; por ello se obtiene que, en todos los actos jurídicos presentados por los partidos solicitantes, se respeta el principio de uniformidad, con lo cual, se da cumplimiento a la norma electoral.

Durante esta sesión extraordinaria, se aprobaron también las renuncias presentadas de manera libre, sin coacción y con carácter de irrevocable, por las ciudadanas y ciudadanos que venían desempeñado como Presidenta, Consejeras y Consejeros Propietarios y Suplentes de los Consejos Distritales Electorales 6, 11, 13,14, 19, 20, 22, 23, 26 y 27, con cabeceras en Acapulco, Zihuatanejo, San Marcos, Ayutla de los Libres, Zumpango del Río, Teloloapan, Iguala, Cd. De Huitzuco, Atlixtac y Tlapa, Guerrero, respectivamente, por así convenir a sus intereses personales y profesionales. Asimismo, se aprobaron los corrimientos y propuestas de integración de estos Consejos Distritales Electorales, con la finalidad de cubrir las vacantes generadas por las renuncias antes descritas. Esta nueva integración estará disponible en la página web www.iepcgro.mx

Finalmente, se aprobó el acuerdo por el que se designa la C. Hilda Ocampo Juárez como Presidenta del Consejo Distrital Electoral 26 y la integración de ese órgano colegiado con sede en Atlixtac, Guerrero, para participar en el actual Proceso Electoral Local.

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