Desecha TEE queja sobre actos anticipados de campaña

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO), resolvió declarar inexistente la queja radicada con el número de expediente IEPC/CCE/PES/015/2021.

De acuerdo al proyecto emitido por la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, no se acreditan las conductas imputadas a los denunciados en virtud de que no se hizo un llamado al electorado para promover dicha candidatura, además de que no se desprendió de las mismas algún llamamiento al voto; a la promoción de una candidatura o la exposición de una plataforma electoral, por lo que no existen elementos a fin de calificar dicho acto como de campaña electoral. 

Así como tampoco se acreditó la existencia de actos anticipados de campaña y de imagen personalizada, en virtud de no se acreditó que, a través de sus dirigentes, militantes o simpatizantes, hayan cometido alguna infracción a disposiciones electorales derivadas del procedimiento sancionador que ocupa a este Tribunal.

En la quincuagésima sesión publica de resolución, las y los Magistrados también aprobaron por unanimidad de votos desechar la impugnación promovida a través de la queja con número de expediente TEE/JEC/156/2021.

De acuerdo al proyecto emitido por el Magistrado Ramón Ramos Piedra, la demanda fue desechada toda vez que acontece un cambio de situación jurídica producido por este ente colegiado, que deja sin materia el presente asunto, puesto que, en dicho incumplimiento, el Pleno de este Tribunal le ordenó al órgano partidista emitir una resolución en la que se pronuncie sobre los agravios hechos valer por la actora, dejando sin efectos el acuerdo impugnado.

Finalmente, en la sesión se aprobaron cinco Acuerdos Plenarios con número de expediente TEE/JEC/147/2021, TEE/JEC/183/2021, TEE/JEC/084/2021, TEE/JEC/151/2021, emitidos por los Magistrados Ramón Ramos Piedra, Alma Delia Eugenio Alcaraz e Hilda Rosa Delgado Brito, respectivamente. 

Los cuales de acuerdo al análisis de las constancias se declaran cumplidas las sentencias dictadas y archivadas como asuntos concluidos.

En tanto en el Acuerdo Plenario Plenarios con número de expediente TEE/JEC/184/2021 y TEE/RAP/028/2021 acumulados emitido por la Magistrada Delgado Brito, en el proyecto se propone declarar el cumplimiento de la autoridad responsable, toda vez que se acreditó que la Coordinación de Sistemas Normativos Pluriculturales emitió dictamen donde se acreditó que la actora cumple con los requisitos de elegibilidad como candidata indígena. 

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