Para hacer frente a los contagios por COVID-19, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) relanza el Permiso COVID 3.0 para beneficiar a los trabajadores derechohabientes y romper las cadenas de contagio ante el registro de nuevos brotes.
El contador público Javier Hernández Nieves, jefe del Departamento de Prestaciones Económicas en IMSS Guerrero, explicó que esta alternativa es una manera eficiente para reducir riesgos.
Además, explicó que el permiso es un documento oficial que expide el IMSS y funciona como una incapacidad temporal para el trabajo, que permite a las personas justificar su ausencia en su centro laboral, sin la necesidad de visitar los servicios médicos del Instituto.
Este documento, dirigido a todos los asegurados en el régimen obligatorio en las modalidades con derecho a prestaciones en dinero, se descarga en la aplicación IMSS Digital o en la página http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso.
Hernández Nieves subrayó que la duración del Permiso COVID 3.0 es por siete días para los derechohabientes con síntomas y cinco para las personas asintomáticas; este periodo se paga como enfermedad general a partir del cuarto día y el 60% de su salario diario, el cual se deposita en su cuenta interbancaria.
La información necesaria para el trámite es:
· CURP
· Número de Seguridad Social (NSS)
· Domicilio
· Cuenta CLABE interbancaria
· Banco
· Correo electrónico
· Numero de contacto telefónico
· Prueba positiva de Covid-19 (solo en caso de que cuenten con una)
Si durante el proceso, el usuario tiene problemas para obtener el Permiso COVID 3.0, ya sea duda o inconveniente técnico, se puede comunicar al número: 800 2222 668 .
Cabe mencionar que del 1 al 24 de enero de 2022, el IMSS en Guerrero tramitó 10 mil 395 incapacidades COVID y 767 Permisos COVID 3.0.
El Permiso COVID 3.0 se diferencia de la incapacidad, debido a que el primero se tramita en línea sin tener que acudir a consulta y así cortar la cadena de contagios.
Hernández Nieves agregó que si el derechohabiente continúa con síntomas debe, acudir a su Unidad de Medicina Familiar para que el médico lo valore y expida, si lo amerita, continuar con su incapacidad.
El funcionario del Seguro Social aclaró que al terminar el Permiso COVID, si el derechohabiente ya no presenta síntomas puede reincorporarse a sus actividades laborales siguiendo con las medidas de prevención.
Déjanos tu comentario