Ratifica el TEE a Eloy Salmerón como dirigente del PAN en Guerrero

Deja sin efecto el Tribunal la nulidad de elección del Comité Directivo Estatal del partido

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO), aprobó por unanimidad de votos revocar parcialmente la resolución de fecha doce de enero de dos mil veintidós, emitida por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional que declaró la nulidad de la elección del Comité Directivo Estatal del PAN Guerrero.

De acuerdo al proyecto emitido por la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, se declararon fundados, por una parte, infundados e inoperantes en otra parte, los agravios promovidos por los ciudadanos Jaime Dámaso Solís, Eloy Salmerón Díaz y Julio Alberto Galarza Castro correspondientes a los Juicios Electorales Ciudadanos (JEC)  con los números de expediente TEE/JEC/010/2022,  y acumulados TEE/JEC/011/2022 y TEE/JEC/012/2022, en contra de la resolución de fecha doce de enero de dos mil veintidós, dictada en el juicio de inconformidad CJ/JIN/328/2021 y su acumulado CJ/JIN/329/2021, mediante la cual se determina la nulidad de la elección relativa a la Presidencia, Secretaría General e integrantes del Comité Directivo Estatal en Guerrero, emitida por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional. 

El Pleno del TEEGRO declaró fundados los agravios que declararon la nulidad de la votación recibida en las mesas de votación 05 y 07 del municipio de Acapulco de Juárez, así como del municipio de Zitlala y confirmó la validez de la votación de los municipios de Acatepac y Copalillo.

Así también, aprobó dejar sin efectos el recuento de votos de los centros de votación de los municipios de Cuajinicuilapa, Igualapa, Juchitán y Xochistlahuaca, de fecha de inicio veintisiete de octubre y de conclusión el veintinueve de octubre de los dos mil veintiuno, llevado a cabo por la Comisión Estatal Organizadora del PAN en Guerrero y, consecuentemente, restituir los resultados de la votación en las Actas de la Jornada Electoral, de fecha veinticuatro de octubre de los dos mil veintiuno. 

Por tanto, ordenó modificar el cómputo del Acta del Recuento de Votos y notificar al Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional (PAN), emita la declaratoria de validez de la elección por medio del acuerdo de ratificación de la Comisión Permanente Nacional y emita la Constancia de Mayoría a la Planilla encabezada por el ciudadano Eloy Salmerón Díaz, al obtener la mayoría de votos. 

Ello, en razón de que, realizada la modificación ordenada al Acta del Recuento de Votos, los resultados que se obtuvieron fueron 1902 votos para el ciudadano Julio Alberto Galarza Castro; 1917 votos a favor del ciudadano Eloy Salmerón Díaz y 37 votos nulos. 

En la décima sesión pública de resolución en videoconferencia, el Magistrado y las Magistradas aprobaron por unanimidad de votos, presentar la solicitud de prórroga ante la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para efecto de estar en condiciones de dar cumplimiento en los términos mandatados a lo ordenado en la resolución de fecha cuatro de marzo de dos mil veintidós, emitida dentro del expediente SCM-JDC-33/2022.

De acuerdo al proyecto TEE/PES/052/2021 propuesto por la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, se solicitó la prórroga para continuar con los requerimientos de investigación ordenados por el Tribunal de Alzada.

Razón por la cual se aprobó instruir al representante legal de este órgano jurisdiccional realizar las diligencias necesarias para que, por su conducto, se promueva ante la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la prórroga citada.

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