No se contempla prórroga para la Declaración Patrimonial de Servidores Públicos de Guerrero: Contralor

*Llama Contralor del Estado a todos los trabajadores cumplir con esta obligación, se vence el plazo este 31 de mayo

Chilpancingo, Gro., 30 de mayo de 2022.-
El Secretario de Controlaría y Transparencia Gubernamental, Eduardo Loria Casanova, señaló que, aunque la dependencia a su cargo está facultada para ampliar el plazo para que las y los servidores públicos puedan presentar su Declaración Patrimonial, hasta el momento no se tiene contemplada una prórroga, por lo que exhortó a los trabajadores del Estado cumplir con su obligación.

A un día de vencer el periodo establecido para hacer su Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses, todas y todos los servidores públicos del Estado de Guerrero, el secretario de Contraloría y Transparencia Gubernamental, Eduardo Loría Casanova, indicó que este ejercicio se trata de un mandato a nivel nacional y reiteró su invitación a cumplir con esta obligación hasta el 31 de mayo.

El funcionario estatal explicó que, de acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, deben de presentar su Declaración Patrimonial y de Intereses todas y todos los servidores públicos del país, por lo que aclaró que se trata de un mandato a nivel nacional.

«Quiero aclarar que esto es un mandato nacional, la Ley General de Responsabilidades Administrativas lo indica; la Ley 465 de Responsabilidades Administrativas del Estado de Guerrero, en su artículo 32, indica claramente quiénes están obligados a hacer la declaración e indica cuál es el procedimiento de sanción en caso de que sea omitido. Entonces, no es que yo lo establezca, esto es a nivel nacional, a nivel nacional están declarando todas y todos los que somos servidores públicos», expresó el funcionario estatal.

Loría Casanova sostuvo que, el no presentar la Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses es motivo de sanciones, las cuales van desde un exhorto para que se cumpla con esta obligación dentro de los siguientes 30 días, y en caso de reincidir se iniciaría la investigación y el procedimiento correspondiente para dejar sin efecto el nombramiento de la o el servidor público.

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