SCJN: Municipios sí pueden expedir permisos a automovilístas

Gobierno de Guerrero tiene 30 días para entregar formatos homologados a Ixcateopan

Redacción | Enterado

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio un plazo de 30 días hábiles a la subsecretaría de Ingresos del Gobierno del Estado para entregar al municipio de Ixcateopan los formatos para permisos provisionales de circulación.

La Suprema Corte resolvió la controversia constitucional 214/2020 en la cual el municipio de Ixcateopan reclamaba en contra del oficio por el cual el Poder Ejecutivo de esa entidad, por conducto de la Subsecretaría de Ingresos dependiente de la Secretaría de Finanzas y Administración, le informó que había dejado de expedir los formatos para los permisos referidos desde diciembre de 2018.

En su fallo, la Primera Sala consideró que el oficio reclamado afecta las competencias del Municipio actor principalmente, en lo relativo a la completa y correcta prestación del servicio público de tránsito, así como a percibir los ingresos derivados de tal servicio.

Lo anterior, pues la omisión de expedir estos permisos provisionales a los ayuntamientos, sin que se señalen las razones para ello y mucho menos un fundamento que lo sustente, genera una subordinación del Municipio en la prestación del servicio que la Constitución Política del país le confiere, ya que al ser el Poder Ejecutivo el único autorizado para emitir los formatos de permiso, se ha impedido al Municipio referido ejercer sus facultades constitucionales en materia de tránsito, con la consecuente vulneración a sus competencias constitucionales y afectación a su hacienda municipal.

A partir de estas consideraciones, la Primera Sala declaró la invalidez del oficio impugnado y con objeto de subsanar la inconstitucionalidad advertida, resolvió que el Poder Ejecutivo del Estado de Guerrero por conducto de la Subsecretaría de Ingresos dependiente de la Secretaría de Finanzas y Administración local, realice dentro del plazo de treinta días naturales la expedición y entrega al Municipio actor de los formatos de permiso homologado para circular sin placas en la entidad federativa.

La controversia constitucional es la 214/2020 y el ponente es el Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, resuelto en sesión de 6 de julio de 2022, por mayoría de votos.

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