Regular creación de normas municipales, plantean en el Congreso

En el documento propuesto por el diputado Carlos Cruz López (Morena) se propone la necesidad de armonizar y crear nuevos referentes legales y reglamentarios municipales, a efecto de ir acorde a la organización y gobernabilidad que exigen los avances democráticos generalizados en el país.

Chilpancingo, Gro., 23 de octubre de 2022.- La Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación analiza adiciones a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado para regular las actividades y procesos de la administración pública municipal, facultando a los ayuntamientos para que en sus sesiones de cabildo presenten, discutan y aprueben la creación de ordenamientos locales.

En el documento propuesto por el diputado Carlos Cruz López (Morena) se plantea la necesidad de armonizar y crear nuevos referentes legales y reglamentarios municipales, a efecto de ir acorde a la organización y gobernabilidad que exigen los avances democráticos generalizados en el país.

Refiere que la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado prevé las funciones de las y los Integrantes de un cabildo y señala escuetamente la forma en que se deben organizar y llevar a cabo sus sesiones; sin embargo, solo algunos municipios cuentan con un reglamento que permite el buen desarrollo de estas asambleas deliberativas y resolutivas. 

Explica que el documento más cercano a la ciudadanía en los municipios es el Bando de Policía y Gobierno, norma municipalista que se convierte en una ley con la que estrechamente se identifican las acciones más comunes de los gobernantes, quienes son garantes de su aplicación y respeto al principio de legalidad establecido en la Constitución.

En ese tenor, para reglamentar las sesiones de cabildo, el legislador plantea adicionar el Capítulo IV bis al Título Tercero y los Artículos 113 Bis, 113 Bis 1, 113 Bis 2, 113 Bis 3, 113 Bis 4 Y 113 Bis 5 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, de entre lo cual destaca el capítulo “De los ordenamientos municipales”, que establece quiénes tienen la facultad para presentar iniciativas, los requisitos mínimos para su presentación, así como el proceso de análisis, discusión y aprobación de iniciativas para la creación de normas municipales.

De la misma forma para los bandos de policía, reglamentos, circulares internas, instructivos, manuales, formatos, protocolos y otros actos de similar naturaleza; las formas de aprobación y los procedimientos de expedición y publicación.

El legislador argumenta que es importante contar con un lineamiento establecido de las actividades y procesos de la administración pública municipal, que garantice la buena marcha de la institución, a través de sus procesos administrativos y de gestión.

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