Proyecto de la Sala Superior viene en sentido de restituir la candidatura de Yoshio

La participación de Yoshio no fue simultánea, sino sucesiva, pues primero quedó descalificado del proceso de Morena (13 de marzo de 2024) y posteriormente aceptó participar con Movimiento Ciudadano aceptando la candidatura de este último instituto político (1 de abril de 2024), según el recurso de reconsideración

El proyecto que emitió la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por el cual se busca restituir la candidatura a Yoshio Ávila González, viene en sentido positivo.

De acuerdo al recurso de reconsideración con número de expediente SUP-REC-523/2024 Y SUP- REC-527/2024 ACUMULADOS, del magistrado ponente Reyes Rodríguez Mondragón, del cual fungen como recurrentes Yoshio Ávila González y Movimiento Ciudadano, la sentencia viene en el sentido de revocar la resolución emitida por la Sala Ciudad de México en el juicio SCM-JDC-1379/2024, pues en el caso concreto no se actualizaba la participación simultánea material de Yoshio Yvan Ávila González en los procesos de selección interna de candidaturas de Morena y Movimiento Ciudadano para elegir a su candidatura a la presidencia municipal de Acapulco de Juárez, Guerrero.

Se señala que la participación de Yoshio Yvan Ávila González en el proceso interno de Movimiento Ciudadano se materializó hasta después del 30 de marzo, fecha en que la Comisión Operativa Nacional de Movimiento Ciudadano, por conducto de su Coordinador y secretario general de acuerdos, le dirigieron una invitación para que fuera candidato del mencionado partido político a la presidencia municipal de alcaldía de Acapulco de Juárez, Guerrero, la cual quedó aceptada hasta el 01 de abril, momento en que aceptó la invitación y obtuvo la postulación.

«En tales condiciones, es evidente que no se actualiza una simultaneidad material de participación por parte del recurrente en los procesos internos de Morena y Movimiento Ciudadano, pues no participó al mismo tiempo en ambos procesos de selección de candidaturas».

La participación de Yoshio no fue simultánea, sino sucesiva, pues primero quedó descalificado del proceso de Morena (13 de marzo de 2024) y posteriormente aceptó participar con Movimiento Ciudadano aceptando la candidatura de este último instituto político (1 de abril de 2024), se suscribió en el proyecto.

En consecuencia, al resultar fundado y suficiente el concepto de agravio formulado por la parte recurrente, se debe revocar la sentencia impugnada, así como los actos que se hubieran realizado en cumplimiento de esta, de forma tal que debe subsistir el registro otorgado por el Instituto local a Yoshio Yvan Ávila González como candidato de Movimiento Ciudadano a la presidencia municipal de Acapulco de Juárez, Guerrero.

El proyecto por el cual se busca devolver la candidatura a Yoshio Ávila, tendrá que someterse a votación de las y los magistrados hasta el domingo antes de dar inicio a los comicios.

Déjanos tu comentario