Revoca TEE resolución del IEPC para cambiar sistema de elección en Tecoanapa

Chilpancingo, Gro., 12 noviembre 2020.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO) aprobó por unanimidad de votos revocar y dejar sin efectos la resolución 001/SO/25-03-2020 y el dictamen 003/CSNI/19-03-2020 emitidas por el Consejo General y la Comisión de Sistemas Normativos Internos, del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPC-GRO).

En la Décima Octava sesión de resolución del órgano jurisdiccional se presentó el proyecto emitido por la ponencia del Magistrado Ramón Ramos Piedra en la que se declararon fundados los agravios formulados por los partidos PVEM, PRD, MC, PRI, Lenda Lit Nava Teodocio y otros, luego de que se presentaron diversas violaciones a los principios de máxima publicidad y certeza de observancia obligatoria en los procesos de consulta que deben regir en los pueblos y comunidades indígenas.  

Entre estos, la falta de publicitación de manera eficaz, completa y oportuna sobre la instalación, funcionamiento y objetivo de los módulos receptores de opinión en las comunidades de Tecoanapa para cumplir con los trabajos inherentes en la etapa de las medidas preparatorias para cambiar un sistema de elección de autoridades municipales, lo que ocasionó una escasa participación de la población. Por lo que se ordenó al IEPC-GRO reponer el procedimiento de las medidas preparatorias, en específico el procedimiento de instalación y funcionamiento de los módulos receptores de opinión. 

En la misma sesión también fue revocado el acuerdo emitido en el expediente de queja CNHJ-GRO-647/2020, por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del Partido Morena, considerando de esta manera fundado el agravio vertido en el Juicio Electoral Ciudadano (JEC) promovido por Servando Nava Muñoz. 

En virtud de que la autoridad responsable al emitir el acuerdo impugnado, analiza cuestiones que forman parte del fondo de la cuestión planteada cuando su determinación fue declarar la improcedencia de la queja, lo que implica una violación al principio de congruencia interna a la que deben sujetarse las resoluciones, principio bajo el cual debe observarse que éstas no contengan determinaciones o afirmaciones que se contradigan entre sí. Además de que la autoridad responsable, no se pronunció respecto de la totalidad de los agravios, lo que implica la falta de exhaustividad de la determinación. El proyecto fue emitido por la ponencia III de la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz. 

Del mismo modo el pleno del TEEGRO aprobó por unanimidad de votos desechar el JEC promovido por Sergio Montes Carrillo en contra de la resolución emitida por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, dentro de la queja intrapartidaria CNHJ-GRO-319/2019.

Esto, al haber acontecido un cambio de situación jurídica que deja sin materia el medio de impugnación hecho valer, al haber sido revocado el fallo del cual derivó la resolución impugnada, por lo que la sanción que se impuso al actor quedó sin efecto alguno. El proyecto fue emitido por la ponencia IV de la Magistrada Hilda Rosa Delgado Brito.

Asimismo, los Magistrados y Magistradas aprobaron por unanimidad de votos desechar el JEC con número de identificación TEE/JEC/041/2020, promovido por Miguel Alonso Mendoza y otros, en contra de la elección de Comisario de la comunidad de Corral Falso, municipio de Ajuchitlán del Progreso, Guerrero.

Derivado de que la elección en comento no tuvo verificativo, y derivado de esa circunstancia, no existe calificación respecto a dicha elección, ni declaración de validez de la misma, como tampoco nombramiento alguno a favor de determinada planilla, la cuenta fue emitida por la ponencia V de la Magistrada Evelyn Rodríguez Xinol. 

En la sesión también fueron aprobador por unanimidad de votos dos acuerdos plenarios de los expedientes TEE/JEC/017/2020 y acumulados; TEE/JEC/044/2020 y TEE/JEC/045/2020, que emitieron el Magistrado José Inés Betancourt Salgado y la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, respectivamente.

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