Multa el TEE al alcalde de Ometepec por promoción personalizada

Somete el Tribunal a consideración de la Sala Superior el juicio de Carmelo Loeza contra la Comisión Nacional de Elecciones de Morena

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO), aprobó por unanimidad de votos sancionar con una multa de $24 mil cincuenta y cinco pesos al ciudadano Efrén Adame Montalván, en su carácter de Presidente Municipal de Ometepec por incurrir en la promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de campaña electoral. 

De acuerdo al proyecto del Procedimiento Especial Sancionador (PES) TEE/PES/020/2021 emitido por la Magistrada Evelyn Rodríguez Xinol, se confirmó la responsabilidad directa del ciudadano, esto en razón, de que las infracciones y la responsabilidad de Adame Montalván, fueron cometidas en perjuicio de los principios de equidad en la contienda y neutralidad de los servidores públicos, aunado a que se trata de la persona que aparece en los videos utilizando distintivos del Ayuntamiento, que contienen la promoción personalizada, la entrega de obras y bienes públicos, así como los mensajes con equivalentes funcionales de actos anticipados de campaña electoral.

Por esto, el denunciado sí tuvo una actuación directa en la conducta atribuida, vulnerando así los principios de imparcialidad y neutralidad. Por tanto, la responsabilidad del presidente municipal denunciado, sobre las infracciones acreditadas es directa.

De esta manera, se da cumplimiento a la sentencia del juicio electoral SCM-JE-182/2021, emitida por la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. 

Durante la octava sesión pública de resolución, las y el Magistrado aprobaron tres acuerdos plenarios con número de expediente TEE/JEC/304/2021, TEE/AG/304/2022 y TEE/JEC/013/2022 emitidos por el Magistrado José Inés Betancourt Salgado e Hilda Rosa Delgado Brito, respectivamente. 

En el acuerdo TEE/JEC/304/2021, el Pleno del TEEGRO aprobó declarar improcedente el Juicio Electoral Ciudadano (JEC) promovido por Elizabeth Reyna Rivera y otras personas, en contra de la respuesta brindada a la solicitud de expedición de nombramientos y toma de protesta de las personas electas mediante asamblea de fecha 28 de noviembre del 2021, como integrantes de la comisaría de Huiziltepec, del municipio de Eduardo Neri.

De acuerdo al proyecto emitido por el Magistrado José Inés Betancourt Salgado, la demanda fue reencauzada a la Sala Regional Chilpancingo del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guerrero, toda vez, que el acto impugnado está estrechamente vinculado con la suspensión provisional que emitió dicha autoridad jurisdiccional, en el expediente TJA/SRCH/154-2021, en el que se ordenó al Ayuntamiento Municipal de Eduardo Neri, mantener la cosas en el estado en que encuentran y se abstengan de continuar con el proceso de elección de la comisaría referida.

En tanto el acuerdo TEE/AG/304/2022, fue aprobado por mayoría de votos con el voto de calidad del Presidente de este órgano jurisdiccional en el que se determinó reencauzar el Asunto General citado al rubro a Juicio Electoral Ciudadano (JEC), promovido por José Gregorio Morales Ramírez, en su calidad de indígena perteneciente a la comunidad de Ayutla de los Libres, Guerrero, y con ello remitir el expediente a la Secretaría General de Acuerdos de este Tribunal Electoral, para que realice el trámite respectivo a fin de integrar el JEC y hecho lo anterior, lo remita a la Magistratura Ponente para la sustanciación y determinación del mismo. 

De acuerdo al proyecto presentado por el Magistrado José Inés Betancourt Salgado se reencauza toda vez que en el escrito inicial de “incidente innominado”, es decir, un recurso no establecido por la ley electoral, se estima por  esta autoridad jurisdiccional, que tiene que ver con la posible afectación de la autoridad responsable, respecto de la vulneración del derecho político-electoral de ser votado, en su vertiente de acceso y desempeño del cargo del promovente, y en este orden, ello es una cuestión contenciosa competencia de este Tribunal Electoral, atendible por medio del Juicio electoral de la ciudadanía, no así por medio del Asunto General.

En la votación las Magistradas Hilda Rosa Delgado Brito y Evelyn Rodríguez Xinol emitieron un voto particular en contra al coincidir que en el Asunto General no se advierte violación alguna, razón por la cual no debe ser reencauzado. 

Finalmente, el Pleno aprobó por unanimidad de votos, el acuerdo plenario TEE/JEC/013/2022 en el que se determinó someter a la consideración de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el juicio interpuesto por el ciudadano Carmelo Loeza Hernández en contra de la resolución dictada en el expediente CNHJ-GRO-2259/2021, instaurado con motivo de la queja intrapartidaria que hizo valer en contra de los integrantes de la Comisión Nacional de Elecciones de Morena.

De acuerdo al proyecto emitido por la Magistrada Hilda Rosa Delgado Brito se propone consultar a la Sala Superior, toda vez que la pretensión del actor consiste en que este Tribunal conozca del asunto y, de ser el caso, revoque la determinación emitida por la Comisión de Justicia de Morena. Sin embargo, este Tribunal no advierte que su competencia sobre el asunto planteado resulte procedente, ya que no tiene atribuciones expresas, ni delegadas, para conocer de asuntos como el planteado por el accionante.

Finalmente, las y los Magistrados aprobaron el Laudo Convenio Tribunal (LCD) en el que dio por concluido la relación laboral entre un trabajador y el TEEGRO. 

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