Propone Julieta Fernández establecer fechas a Ayuntamientos para que informen el manejo de recursos públicos

La iniciativa también contempla que en el último año del mandato el alcalde deberá rendir el informe en Sesión Solemne a más tardar cinco días antes en que el Ayuntamiento entrante rinda protesta; enviando copia al Ejecutivo y al Congreso del Estado, a más tardar el último día de su mandato

Con la finalidad de establecer una fecha límite para que los Ayuntamientos hagan llegar su Informe anual de Labores al Poder Ejecutivo y Legislativo a más tardar el último día hábil del mes de septiembre, la diputada Julieta Fernández Márquez propuso una iniciativa para reformar la fracción II del artículo 73 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado.

En la sesión de hoy, la legisladora precisó que esta iniciativa evitará confusiones en los gobiernos municipales, ya que además de la obligación de informar, explicar y justificar sus acciones primeramente a los ciudadanos de su municipio, se propone establecer plazos para la entrega del informe anual a la Legislatura local y al Ejecutivo.

La iniciativa también contempla que en el último año del mandato el alcalde deberá rendir el informe en Sesión Solemne a más tardar cinco días antes en que el Ayuntamiento entrante rinda protesta; enviando copia al Ejecutivo y al Congreso del Estado, a más tardar el último día de su mandato.

“Porque al rendir cuentas al pueblo, se le otorga certeza y confianza del buen manejo de los recursos públicos, entendiendo que se aplican en obras, seguridad, limpia, agua potable y alcantarillado, entre otras acciones de beneficio para la ciudadanía. Es decir, al realizar este ejercicio de rendición de cuentas, las administraciones municipales están sujetas a ejercer un gasto eficiente con menos posibilidades de su mal manejo que provoque corrupción, así como, detallar el avance de las metas fijadas en el Plan Municipal y los resultados de las acciones previstas, informando también sobre el desarrollo y los resultados de la aplicación de los instrumentos programados”, expresó.

Fernández Márquez precisó que la iniciativa busca que se corrijan errores de técnica legislativa, por lo que se hace conveniente la reforma de la última fracción del artículo 73, del cual se observó un error en el orden cronológico.

Finalmente precisó que la rendición de cuentas no equivale al derecho de acceso a la información pública ni es sinónimo de transparencia, si no que se trata de conceptos que se refuerzan recíprocamente, pero que no significan lo mismo; porque con un régimen transparente es uno en el que cualquier persona puede observar qué decisiones está tomando el gobierno, qué recursos está empleando, cómo está usando los medios que tiene a su alcance y qué resultados está obteniendo y todo eso va en los informes de gobierno.

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