Opinión| El Estado de Derecho

"Un hombre de estado debe tener el corazón en la cabeza". Napoleón I

Por Esteban Valdeolívar S.

El Estado de Derecho es el cimiento y la estructura sobre la cual la sociedad y la nación pueden construir una convivencia en armonía y consolidar un país verdaderamente civilizado. 

Cuando una sociedad decide organizarse política y jurídicamente dentro de un marco de un ordenamiento fundamental, es decir, dentro de una Constitución y leyes derivadas de ella, existe el Estado de Derecho, porque de este orden jurídico-político se establecen las formas y contenidos de la organización de un pueblo y de un gobierno, y los principios esenciales sobre los que se desarrollará la relación entre gobernantes y gobernados. 

En Suma: el imperio del derecho vigente y cumplido es el Estado de Derecho.

Aquí se justifica el nacimiento y legitimidad de un gobierno, es decir, de la autoridad gubernativa y el ámbito de validez de sus actos y desiciones. Significa además que no hay persona, sin importar su posición o rango, -ciudadano o autoridad- que esté por encima de la ley. Por el contrario, todos estamos sometidos al imperio de la ley. Esto y no otra cosa es lo auténtico, lo ético, lo fundamental y lo que es necesario para el bien de la nación.

Las luchas constitucionales (1824, 1857 y 1917) por defender los derecho del individuo frente al estado; por afianzar garantías individuales y garantías sociales, por consolidar la igualdad, la libertad y la justicia social, se ha ido construyendo un Estado de Derecho, ciertamente imperfecto por abusos, desviaciones, impunidad, falta de cumplimiento y violación de la ley. 

En el orden jurídico-político que se establece en la Constitución y leyes derivadas, descansan la estructura del Estado, sus características y formas de gobierno. En la legislación fundamental se inscriben la división de poderes, los derechos del hombre y la mujer o garantías individuales, las garantías sociales, así como las instituciones políticas, económicas y sociales que regulan nuestra vida social. 

Del análisis de la Constitución y leyes derivadas de ella, podemos obtener los rasgos característicos de un Estado y de un gobierno, es decir, sus formas, contenido y estructura. 

Los tratadistas señalan que existen Estados unitarios y Estados federales; Estados totalitarios, Estados humanitarios y humanistas; Estados protectores y benefactores. En cuanto a los gobiernos, se señalan por su forma: gobiernos monárquicos, republicanos o democráticos y por el sistema de funcionamiento: gobiernos autocráticos, autoritarios o totalitarios; asimismo, gobiernos presidenciales o parlamentarios.

Teóricamente hablando, nuestro país decidió organizarse política y jurídicamente en una república representativa, democrática, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una federación establecida según los principios de nuestra Constitución.  

Todo lo anterior define al estado mexicano como federal, democrático, humanista y proyector de las garantías individuales y de las garantías sociales. Por esto el Estado de Derecho, que se identifica con el ordenamiento jurídico-político fundamental, tiene relación directa con la democracia en virtud de que la comunidad se haya sometida «sin excepción» a esas normas cuyos principios excluye la arbitrariedad, la corrupción y la impunidad.

En suma: la democracia es el mejor sistema para realizar y mantener vigente el Estado de Derecho en México y las elecciones federales y locales son el único procedimiento establecido para consolidarla.

Como siempre, usted tiene la mejor opinión. 

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