Ronaldo García Quintero | Enterado
La Consejera del Instituto Nacional Electoral (INE), Dania Paola Ravel Cuevas, precisó que para la aplicación de la Iniciativa 3 de 3 contra la Violencia de Género a aquellos aspirantes a un cargo de elección popular que incurran en conductas de discriminación y violencia hacia las mujeres, debe coexistir una sentencia firme para determinar la cancelación de su registro en la participación de los procesos electorales.
En una videoconferencia desde la cuenta de Facebook de Instituto Internacional de Estudios Políticos Avanzados “Ignacio Manuel Altamirano” de la Universidad Autónoma de Guerrero (IIEPA-IMA UAGro) en la que Ravel Cuevas participó como ponente, señaló que en los lineamientos de esta iniciativa se establece que los partidos políticos deben solicitar a los aspirantes a una candidatura rellenar un formato de buena fe y bajo protesta de decir verdad en donde tienen que decir que no son una persona sancionada mediante resolución firme por violencia familiar o doméstica o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público así como también no haber tenido una condena por delitos sexuales y no ser un deudor alimentario o moroso que atente con sus obligaciones salvo que acredite estar al corriente de su pago.
Agregó que tampoco deben tener desvirtuada la presunción de un modo honesto de vivir
Asimismo, dijo que tanto los partidos políticos como los aspirantes deben cumplir con este requisito que se tomará por válido salvo que una persona demuestre con pruebas lo contrario.
Aclaró que el INE tiene un registro público de las personas que están inscritas al proceso electoral pero que esto no significa que ya no deben cumplir con el requisito mencionado
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