Ratifica el TEPJF asignación de pluris en Guerrero


La Sala Regional, por unanimidad, confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero que ratificó la asignación de las diputaciones locales por el principio de Representación Proporcional.

Al resolver el juicio SCM-JDC-1870/2021 y acumulados, el Pleno consideró que contrario a lo que sostiene la parte actora, el Tribunal local estimó que la asignación inicial efectuada por el Instituto local de las 10 diputaciones de RP exclusivas para mujeres para compensar el efecto de subrepresentación generado por la elección de las 28 diputaciones de mayoría relativa (MR) había sido conforme a derecho, puesto que a través de ella se había compensado al género subrepresentado. Ello en virtud de que resultaron ganadoras 9 mujeres y 19 hombres por dicho principio.

Se señaló que con esta decisión se armonizó el mandato constitucional de paridad con los principios de alternancia de género, igualdad sustantiva y no discriminación, así como el de auto organización de los partidos y el principio democrático.

Respecto a que la asignación de 8 diputaciones después de la fase de compensación de género debió hacerse de manera vertical, la Sala Regional concluyó que el método de asignación de las diputaciones fue realizado de manera correcta, mientras que la interpretación propuesta por el actor implicaría entender que es más importante la integración paritaria de una bancada que la del órgano en su conjunto; siendo que el primero no fue ponderado como un valor y el segundo sí, tanto, que se diseñó un mecanismo para garantizar la integración paritaria de la legislatura en su conjunto, contemplado por la Ley electoral local e instrumentado a partir de los Lineamientos.

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