El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO), aprobó por unanimidad de votos declarar improcedente el incidente de la aclaración de sentencia, promovido por el ciudadano Crescencio Reyes Torres y la ciudadana Nubia Rodríguez Guido, Presidente y Síndica Procuradora, respectivamente del Ayuntamiento de La Unión de Isidoro Montes de Oca, respecto a la resolución emitida por este órgano jurisdiccional el siete de abril de dos mil veintidós emitida dentro del expediente TEE/PES/002/2022.
De acuerdo a la resolución TEE/PES/002/2022 propuesta por la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, y aprobada por el Pleno se declaró improcedente la aclaración de sentencia toda vez que la petición carece de sustento jurídico puesto que no se aprecia que exista contradicción o confusión respecto al plazo en que deberán ofrecer la disculpa pública, ordenada en la resolución emitida por este Tribual Electoral.
Ello, en virtud de que los denunciados solicitaron aclarar si la disculpa pública que deberán ofrecer a la Regidora Yaneth Gutiérrez Izazaga de dicho municipio se deberá cumplir una vez que cause firmeza la resolución de fecha de 7 de abril de 2022 emitida por el Pleno del TEEGRO, lo anterior tomando en consideración que la sentencia es susceptible de impugnación a través del Juicio para la Protección de los Derechos Político electorales del Ciudadano, y por tanto dicha sentencia puede ser revocada por la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación o en su defecto por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
En ese contexto, el tribunal determinó que la parte incidentista en realidad pretende una modificación sustancial de lo resuelto, ya que variar la temporalidad para cumplir la medida de satisfacción consistente en el ofrecimiento de la disculpa pública, es jurídicamente imposible en una aclaración de sentencia.
Sin que exista, alguna contradicción, en virtud de que este órgano jurisdiccional determinó claramente que la medida de satisfacción (de naturaleza distinta a la sanción) deberá realizarse en el marco de la siguiente sesión de Cabildo del municipio de La Unión de Isidoro Montes de Oca, Guerrero; una vez notificada la resolución del 7 de abril de 2022, al denunciado y a la denunciada.
Desecha el TEEGRO impugnaciones promovidas por José Gregorio Morales Ramírez, por cambio de situación jurídica
En la décima quinta sesión pública de resolución por videoconferencia, el Magistrado y las Magistradas aprobaron por unanimidad de votos desechar de plano los Juicios Electorales Ciudadanos (JEC) interpuesto por José Gregorio Morales Ramírez, en su calidad de indígena perteneciente a la comunidad de Ayutla de los Libres, en contra de la posible vulneración a su derecho político-electoral de votar y ser votado, en la vertiente de acceso y ejercicio pleno del cargo, por parte de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Guerrero; y del acuerdo 023/SE/15-03-2022 del IEPCGRO, por el que se aprueba la respuesta a la solicitud presentada por el ahora actor, quien solicitó el reconocimiento como Primer Coordinador General con funciones de Presidente Municipal del Consejo Municipal Comunitario del Ayutla.
De acuerdo a las resolución TEE/JEC/015/2022 y TEE/JEC/018/2022 propuesta por el Magistrado José Inés Betancourt Salgado y aprobado por el Pleno, se desechó el medio de impugnación toda vez este asunto ha quedado sin materia, ello en virtud de que el actor ha alcanzado el extremo máximo de su pretensión, es decir, lograr asumir y ejercer plenamente el cargo como Primer Coordinador Propietario de la etnia Tu´un savi del Órgano Municipal de la Comunidad de Ayutla, por la resolución emitida el veintiuno de abril pasado, por la Sala Regional con sede en la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente SCM-JDC-2333/2021 y SCM-JDC-2334/2021 Acumulado.
Acuerdos Plenarios
En la sesión ordinaria el Pleno del TEEGRO aprobó seis acuerdos plenarios propuestos por el Magistrado José Inés Betancourt Salgado y las Magistradas Hilda Rosa Delgado Brito y Evelyn Rodríguez Xinol los cuales fueron aprobados por unanimidad de votos.
En el expediente TEE/JEC/304/2021 emitido por el Magistrado José Inés Betancourt Salgado, se dio cumplimiento de la sentencia emitida en el expediente SCM-JDC-094/2022, por lo que este Tribunal Electoral estima necesario que se solicite al Magistrado de Sala Regional Chilpancingo, del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guerrero, la devolución del expediente con clave de registro TEE/JEC/304/2022 del índice de este Tribunal Electoral, el cual le fue remitido el veinticinco de febrero del año actual.
Así como la inhibitoria de la sustanciación y resolución del juicio de nulidad registrado con la clave de expediente TJA/SRCH/154/2021, debido a que esencialmente la materia de impugnación, es competencia de este órgano jurisdiccional, al ser especialmente de naturaleza electoral, es decir, un acto relacionado con un proceso de elección de comisaría municipal de la comunidad de Huiziltepec, municipio de Zumpango de Eduardo Neri.
En tanto en el acuerdo plenario TEE/JEC/013/2022 emitido por la Magistrada Hilda Rosa Delgado Brito y aprobado por el Pleno, se determinó dar el asunto como total y definitivamente concluido, al no existir diligencias por realizar o alguna otra petición que resolver ante el Juicio promovido por el ciudadano Carmelo Loeza Hernández, en contra de la resolución de fecha 09 de febrero de 2022, dictada en el expediente CNHJ-GRO-2259/2021.
Asimismo, el Magistrado y las Magistradas aprobaron por unanimidad de votos el acuerdo plenario TEE/JEC/020/2022 emitido por la Magistrada Hilda Rosa Delgado Brito en el que se determinó someter a la consideración de la Sala Superior, la consulta sobre la competencia para conocer del presente juicio, a efecto de no incurrir en una invasión de atribuciones y se pronuncie sobre quién es el órgano correspondiente para resolver el presente asunto promovido por el ciudadano Carmelo Loeza Hernández en contra del acuerdo de sobreseimiento de fecha 04 de abril de 2022, dictada en el expediente CNHJ-GRO-2259/2021, emitido por la Comisión de Honestidad y Justicia de Morena.
En tanto en el acuerdo plenario, TEE/JEC/303/2021 emitido por la Magistrada Evelyn Rodríguez Xinol, el Pleno se determinó dar el asunto como total y definitivamente concluido, en razón de que se dio el cumplimento de la sentencia de 24 de enero de año en curso, promovido por Carmelo Loeza Hernández, en contra de la resolución CNHJ-GRO-2259/2021, que declaró improcedentes los “hechos” esgrimidos por el actor emitida el 2 de diciembre anterior por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del Partido Morena.
Así también el pleno del TEEGRO, aprobó el acuerdo plenario TEE/JEC/014/2022 emitido por la Magistrada Evelyn Rodríguez Xinol en el que se determinó reenviar el medio de impugnación promovido por el ciudadano Carmelo Loeza Hernández en contra de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del Partido Morena a la Sala Superior del TEPJF, para que se tramite mediante la vía idónea para su resolución.
Finalmente, el Magistrado y las Magistradas aprobaron por unanimidad de votos el acuerdo plenario TEE/JEC/019/2022 emitido por la Magistrada Hilda Rosa Delgado Brito en el que se determinó devolver el expediente al Instituto Electoral para que, de manera inmediata a la notificación del presente acuerdo, atienda la petición del promovente Reynaldo Abrajan Sotelo, Representante de la Organización Ciudadana “Iniciativa Popular para Guerrero A. C.” y le brinde una respuesta conforme a lo previsto por el artículo 16 Constitucional.
Por Juicio emitido en contra de la asamblea distrital de fecha 3 de abril en el Distrito electoral 02, así como de la actuación del personal encargado de certificar dicho evento quien declaró su cancelación, acto emitido por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero.
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