Por unanimidad de votos, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO) determinó amonestar públicamente al Presidente, Secretario General de Gobierno y Tesorero del Ayuntamiento Municipal de Teloloapan por obstruir parcialmente diversas solicitudes de información emitidas por la Sindica Municipal, Eleazar Marín Quebrado, sobre el estado que guardan las finanzas de dicho Municipio.
Durante la Vigésima Sesión Publica de Resolución, los Magistrados y Magistradas declararon acreditadas las obstrucciones parciales de las facultades inherentes al cargo de la Síndica Procuradora, luego de que se afectó su derecho político electoral relacionado con el ejercicio de sus funciones, por lo que se ordenó que de manera inmediata los ediles respondan suficientemente las solicitudes hechas por Marín Quebrado y den cuenta de ello a este Tribunal.
La resolución fue emitida por la Ponencia V de la Magistrada Evelyn Rodríguez Xinol, quien argumentó que la denuncia emitida en el expediente TEE/PES/005/2020 no implica la configuración de violencia política en razón de género derivado de que la obstrucción es solo parcial y no afecta de manera plena sus demás atribuciones ni derechos derivados de su cargo contenidos en el artículo 77 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero.
En su razonamiento de voto, la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz indicó que, de acuerdo a los elementos presentados, existe violencia política pero no en razón de género dado que es una conducta común en los Ayuntamientos y se ejerce tanto en hombres como en mujeres, lo cual se tiene que corregir.
Al respecto la Magistrada Hilda Rosa Delgado Brito indicó que los actos administrativos corresponden a otras instancias, como lo es la Auditoría Superior del Estado (ASE) quien ha asumido competencia en dicho tema, por lo que los derechos de la Sindica Procuradora de Teloloapan están protegidos y a salvo, dado que hay un procedimiento administrativo en proceso.
En la misma sesión se aprobó por unanimidad de votos desechar de plano la demanda de Juicio Electoral Ciudadano (JEC), promovido por los ciudadanos Gustavo García Dorantes, Aquileo Evangelista Hernández y Eucario Evangelista Romero quienes impugnaron la falta de respuesta del Ayuntamiento de Acapulco de Juárez, para emitir la convocatoria correspondiente para elegir la planilla de comisarios municipales en Oaxaquillas, comunidad perteneciente al municipio antes referido.
El proyecto emitido por la Ponencia II del Magistrado J. Inés Betancourt Salgado, determinó que en diversos escritos de petición que presentaron los actores a la responsable, ésta ha dado respuesta y atención a los mismos, quedando evidenciado que, al colmarse la omisión de contestación por parte de la responsable, ha quedado sin materia la pretensión de los actores.
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