En el Periódico Oficial del Estado se publicó hoy el decreto de las acciones del Gobierno para la reapertura de actividades esenciales y no esenciales con motivo del Covid-19.
De acuerdo con las nuevas disposiciones hay actividades no esenciales que podrán operar al 60 por ciento con excepción de los centros nocturnos, bares y salones de eventos que abrirán al 50.
Las actividades que podrán usar el 60 de su capacidad son: hoteles, restaurantes, barberías, gimnasios, estéticas, servicios religiosos, joyerías, producción agroindustrial, plazas cívicas, parques, unidades deportivas, zoológicos, agencias de autos, cines, teatros, museos, playas y actividades comerciales informales.
Déjanos tu comentario